INTENDENCIA MUNICIPAL DE GENERAL LAVALLE
Provincia de Buenos Aires
VISTO: DECRETOS • 2018-
FOLIO N° 000174
General Lavalle, 14 de febrero de 2018.
El expediente 4045-2573/18, «PLANTA PROCESADORA DE PESCADO PUERTO MUNICIPAL»; y
CONSIDERANDO:
Que resulta pertinente, de acuerdo a los informes recabados, efectuar un procedimiento no vinculante de proyectos y/o propuestas para el funcionamiento de la planta procesadora de pescado sita en el Puerto Municipal de General Lavalle. Que los proyectos en cuestión podrán ser presentados por los sistemas de iniciativa privada, Participación Público Privada, etcétera, debiendo en su caso determinarse por parte del Municipio el procedimiento adecuado de contratación. Que es de suma importancia todo tipo de proyecto que genere puestos de trabajo, tenga impacto socio económico positivo, y en forma concreta ayude al fomento de la actividad pesquera. Que procede, en esta instancia, el dictado del acto administrativo, el cual será refrendado por el jefe de Gabinete. POR ELLO:
El. INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
DECRETA:
ARTICULO 1°: Dispóngase el llamado a Concurso de Proyectos para la explotación de la Planta Procesadora de Pescado sita en el Puerto Municipal de General Lavalle, Parcelas n° 13, 14 y 15. ARTICULO 2°: La participación en el Concurso no genera ningún tipo de derecho para los particulares, quedando a criterio de la autoridad administrativa la conveniencia de avanzar en un procedimiento de contratación o dejar sin efecto el procedimiento dispuesto.
ARTICULO 3°: CONDICIONES GENERALES: La persona y/o empresa que desee participar del Concurso deberá presentar un detalle de las características, calidad y/o condiciones especiales del Proyecto, para la explotación de la planta procesadora de pescado. Asimismo, se deberá presentar una declaración jurada de conocer la ubicación y estado actual de las instalaciones.
Deberá determinarse el plazo de mantenimiento de la propuesta, plazos de cumplimiento de la ejecución del proyecto, quedando a cargo de la empresa los gastos que demanden los traslados, la instalación y puesta en funcionamiento del proyecto; y el plazo propuesto de Concesión, que no podrá exceder de quince (15) años. La empresa que desee concursar deberá contar con el conocimiento, la logística, el capital y la experiencia necesaria para lograr tales fines. Las inversiones necesarias para llevar adelante el proyecto propuesto estarán a cargo de la empresa; como así también el impacto socio económico del emprendimiento. La empresa deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el orden nacional, provincial o municipal, de naturaleza impositiva o tributaria, previsional, laboral, societaria y/o cualquier otro requerimiento legal relacionado con la actividad específica que se desarrolle. A efectos constatar por parte de la Comisión de Evaluación los antecedentes, solvencia económico financiera, cumplimiento de de obligaciones tributarias, etcétera, la Comisión podrá requerir toda la documentación que estime pertinente, fijando asimismo el plazo para la presentación de la misma. Los proponentes deberán denunciar su domicilio real, y fijar su domicilio legal dentro del Partido de General Lavalle, sometiéndose expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes en el fuero contencioso administrativo del Departamento Judicial Dolores, con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción.
ARTICULO 4°: Publíquense los avisos por tres (3) días, en los diarios de circulación de la zona, y en el Boletín Oficial Municipal y en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, en la página web del Municipios, invitando a aquellas personas risitas y/o jurídicas que quieran presentar algún proyecto y/o propuesta, los que serán evaluados por la Comisión creada a tal efecto.
ARTÍCULO 5: Las Condiciones podrán ser retiradas en la Secretaría Legal y Técnica, desde el día 15 de febrero hasta el día 14 de marzo de 2018, en el horario de 8:00 a 13:00 horas.-
ARTICULO 6°: Las propuestas serán recibidas desde el día 15 de Marzo de 2018 hasta el día 16 de abril, en horario de atención municipal, en la Secretaría Legal y Técnica, sita en Mitre 861 de General Lavalle.
ARTICULO 7°: Las propuestas recibidas serán analizadas por una Comisión de Evaluación integrada por el Jefe de Gabinete; el Director de Producción; el Director de Obras Públicas; y el Asesor Legal.
ARTICULO 8, Las conclusiones de la Comisión de Evaluación serán elevadas al Intendente Municipal y al Honorable Concejo Deliberante, a efectos se determine formalmente la conveniencia de las mismas y el mecanismo de contratación que corresponda llevar a cabo. ARTICULO 9.: El retiro de documentación, pedido de información y presentación de proyectos no tendrá costo alguno, salvo el pago de los derechos de oficina correspondientes. ARTICULO 10.: El presente decreto será refrendado por el Jefe de Gabinete. ARTICULO 11, Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-